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B) Contesta a las preguntas.



1. ¿Por qué la espera en cualquier aduana es normalmente un período de nervio­sismo? 2. ¿Qué tienen los aduaneros para detectar cualquier intento de introducir o sacar ilegalmente los objetos prohibidos? 3. ¿Qué se prohíbe transportar? 4. ¿Qué es “contrabando”?

6. a) Ahora lee la información que será útil para ti si quieres ir a España.

PASAPORTES/ VISADOS

Para entrar en España, es preciso exhibir pasa­porte nacional válido y en vigor o en su caso, documento nacional que acredite la identidad del viajero y se ajuste a los convenios interna­cionales y a los criterios de reciprocidad.

Para todos los ciudadanos de Andorra, Aus­tria, Liechtenstein, Monaco y Suiza, y para todos aquellos que pertenezcan a los países in­tegrados en la Unión Euro­pea, resultará suficiente la presentación del Do­cumento Nacional de Identidad propio de cada nación.

Para los nacionales de determinados países y en función de la duración de la estancia, se exige visado. En caso de duda es aconsejable consultar en los Consulados de España.

Los viajeros que lleguen a España en automóvil deberán además ir provistos de la denominada “Carta Verde”, que cubrirá los gastos de seguro en caso de accidente.

ADUANAS

Los viajeros que entren en España podrán llevar consigo una serie de objetos personales (como joyas de carácter personal, máquinas fo­tográficas, tomavistas, instrumentos musicales, equipos de video y sonido portátiles, enseres deportivos, artículos de camping, etc.) sin necesidad de pagar franquicia aduanera alguna. Los funcionarios de las aduanas españolas entregarán recibos que justifiquen la entrada en España de cualquier objeto, siempre que les sea solicitado.

Para determinados artículos, como cigarri­llos, cigarros, perfume, vinos y licores, existe una cantidad máxima de unidades por encima de la cual es necesario pagar franquicias adua­neras.

DINERO

Los turisas podrán entrar en España con talones y cheques bancarios librados con­tra cuentas extranjeras de euros convertibles y con cheques de viaje, sin ningún límite. Las di­visas extranjeras también se pueden importar sin límite, tanto en billetes como en monedas metálicas, siempre que sean de curso legal.

Todas las oficinas bancarias ofrecen el servicio de cambio de moneda extranjera por euros, posibilidad que también proporciona la mayoría de los hoteles y muchas agencias de viajes.

Además, la mayor parte de los hoteles y res­taurantes, así como un gran sector del comercio aceptan las más difundidas tarjetas de cré­dito internacionales y los cheques de viaje.

b) A ver, cómo has comprendido la información. ¿Son verdaderas o falsas estas expresiones? Pruébalo con los fragmentos del texto.

1. Para cruzar la frontera de España hay que exhibir los documentos que se ajusten a los convenios interna­cionales.

2. Los ciudadanos de los países de la UE y de otros estados tienen que presentar el visado.

3. Todos los automovilistas necesitan además la “Carta Verde”.

4. Los viajeros que entren en España podrán llevar consigo todo tipo de objetos personales sin pagar franquicia aduanera.

5. Los funcionarios de las aduanas españolas siempre entregan recibos que justifican la entrada en España de cualquier objeto.

6. Los turisas pueden tener la cantidad limitada de talones y cheques bancarios librados con­tra cuentas extranjeras de euros convertibles y de cheques de viaje.

7. El cambio de moneda extranjera por euros se realiza sólo en las oficinas bancarias.

8. En la mayoría de los res­taurantes se puede pagar con tarjetas de cré­dito internacionales y con los cheques de viaje.

c) Relata qué es necesario saber para entrar en España.

7. Analiza la información siguiente y explica qué artículos se pagan por encima.







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